El Sueldo Neto

Calculadora de Prestación por Desempleo 2026

€/mes

Media últimos 180 días

años

En los últimos 6 años

hijos

 

Prestación primeros 6 meses

1050,00 €/mes

70% de la base reguladora

Prestación a partir del mes 7

1000,00 €/mes

50% de la base reguladora

Duración de la prestación

16 meses

Base reguladora mensual2000,00 €
Tope máximo mensual1050,00 €
Tope mínimo mensual480,00 €
Días cotizados1460 días

Cálculo orientativo de la prestación contributiva por desempleo. Los topes se basan en el IPREM vigente. La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años.

Guía de la prestación por desempleo en España

La prestación contributiva por desempleo, lo que coloquialmente llamamos «cobrar el paro», es un derecho de los trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria y han cotizado un tiempo mínimo. No es una ayuda asistencial: es un seguro que has financiado con tus cotizaciones a la Seguridad Social durante tu vida laboral. Cada mes, un 1,55% de tu base de cotización se destina a la contingencia de desempleo (tu empresa aporta otro 5,5% adicional). Ese fondo es el que financia tu prestación cuando la necesitas.

Cuánto se cobra: la base reguladora y los porcentajes

La base reguladora de la prestación se calcula con la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados (6 meses). No es lo mismo que tu último sueldo: si has tenido salarios variables, complementos por turnos o has cambiado de puesto, la media puede diferir del último salario. Sobre esa base reguladora se aplica el 70% durante los primeros 180 días de prestación, y el 50% a partir del día 181. Hay topes máximos que dependen de las cargas familiares: sin hijos, el máximo es el 175% del IPREM; con un hijo, el 200%; con dos o más, el 225%. También hay mínimos para garantizar una cuantía básica de subsistencia.

Duración: la tabla que debes conocer

La duración de la prestación depende exclusivamente de los días cotizados en los últimos 6 años. La tabla es clara: 360 días cotizados dan derecho a 120 días de prestación (4 meses). A partir de ahí, cada 180 días cotizados adicionales generan 60 días más de prestación. El máximo es 2.160 días cotizados, que dan derecho a 720 días de prestación (24 meses). Esto significa que para agotar el periodo máximo de paro necesitas haber cotizado al menos 6 años completos en el último sexenio. Los días cotizados que «consumes» al cobrar la prestación se agotan: si vuelves a quedarte en paro, el contador empieza desde los nuevos días cotizados.

Situación legal de desempleo: quién puede cobrar y quién no

No basta con no tener trabajo. Hay que estar en «situación legal de desempleo», lo que excluye a quienes se van voluntariamente de su puesto. Los despidos (tanto procedentes como improcedentes), los fin de contrato temporal, los EREs y las reducciones de jornada sí dan derecho a prestación. La baja voluntaria, en principio, no. Hay excepciones: si la baja es por traslado del centro de trabajo que obligue a cambio de residencia, por modificación sustancial de las condiciones laborales, o por impago reiterado del salario, se considera situación asimilada al despido y sí da acceso a la prestación. En cualquier caso, hay que inscribirse como demandante de empleo en el SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes al fin del contrato. Pasado ese plazo, se pierden días de prestación.

Ejemplo: prestación tras 3 años cotizados

Ana llevaba 3 años trabajando con un salario bruto de 26.000 € anuales (base de cotización mensual de 2.167 €). La despiden y solicita la prestación. Así se calcula:

  1. Base reguladora: media de las bases de cotización de los últimos 180 días = 2.167 €/mes.
  2. Duración: 1.080 días cotizados (3 años) en los últimos 6 años → 360 días de prestación (12 meses).
  3. Primeros 180 días: 70% × 2.167 = 1.517 €/mes brutos.
  4. Del día 181 al 360: 50% × 2.167 = 1.084 €/mes brutos.
  5. Tope máximo (sin hijos): 175% del IPREM ≈ 1.225 €. Como los 1.517 € de los primeros 6 meses superan el tope, Ana cobraría el máximo: 1.225 €/mes.
  6. Últimos 6 meses: los 1.084 € no superan el tope, así que cobra 1.084 €/mes.

Si Ana tuviera un hijo a cargo, el tope subiría al 200% del IPREM (≈ 1.400 €), y cobraría los 1.517 € íntegros durante los primeros 6 meses.

Tabla de duración de la prestación

Días cotizados (últimos 6 años) Días de prestación Meses de paro
360 − 5391204
540 − 7191806
720 − 8992408
900 − 1.07930010
1.080 − 1.25936012
1.260 − 1.43942014
1.440 − 1.61948016
1.620 − 1.79954018
1.800 − 1.97960020
1.980 − 2.15966022
2.160+72024

Subsidio por desempleo: cuando se agota la prestación contributiva

Agotar los 24 meses de prestación contributiva no significa quedarse sin ningún ingreso. El subsidio por desempleo es una prestación asistencial gestionada por el SEPE que cubre a quienes ya no tienen derecho a la prestación contributiva. Su cuantía fija es el 80% del IPREM, lo que en 2025 equivale a unos 480 €/mes. No es mucho, pero puede ser la diferencia entre mantener unos gastos mínimos y quedarse en la calle.

Los requisitos varían según el perfil. Quien tiene cargas familiares (hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad a cargo) accede al subsidio tras agotar la contributiva, con una duración de hasta 18 meses prorrogables a 30 en algunos supuestos. Los mayores de 45 años sin cargas familiares que agotan su prestación tienen derecho a 6 meses de subsidio. Y quienes no cotizaron los 360 días mínimos para la contributiva pero sí acumulan al menos 3 meses (con cargas familiares) o 6 meses (sin cargas) pueden acceder al subsidio por cotización insuficiente, con una duración de entre 6 y 21 meses. Por ejemplo, Roberto, de 52 años, trabajó 18 años como encargado de almacén en Zaragoza. Tras agotar sus 24 meses de paro, accedió al subsidio para mayores de 52 años, que se extiende hasta la edad de jubilación y además le computa como cotización a efectos de pensión.

Compatibilizar paro y trabajo: empleo parcial y capitalización

Cobrar el paro y trabajar simultáneamente es posible bajo ciertas condiciones. Si encuentras un empleo a tiempo parcial, puedes solicitar la compatibilización: seguirás cobrando la prestación, pero reducida proporcionalmente a la jornada. Si trabajas media jornada, cobras el 50% de tu prestación. Los días de prestación se consumen al mismo ritmo, así que no alargas la duración, pero sí complementas el ingreso del trabajo parcial.

Otra opción muy interesante es la capitalización del paro, el llamado «pago único» regulado en el art. 296 de la Ley General de la Seguridad Social. Permite cobrar de golpe el importe pendiente de toda la prestación para destinarlo a montar un negocio como autónomo, constituir una sociedad laboral o incorporarse a una cooperativa. Carmen, de 38 años, llevaba 5 años cotizados cuando la despidieron de una consultoría en Valencia. Tenía derecho a 16 meses de prestación. Solicitó el pago único, recibió unos 14.200 € de una vez, y los utilizó como inversión inicial para abrir un estudio de interiorismo como autónoma. Los requisitos exigen tener pendiente al menos 3 meses de prestación, presentar un plan de negocio, y no haber capitalizado el paro en los 4 años anteriores. Es una vía que el SEPE ha potenciado en los últimos años para fomentar el autoempleo.

Obligaciones del perceptor del paro

Cobrar la prestación no es un derecho pasivo: conlleva obligaciones reales cuyo incumplimiento tiene consecuencias. La primera es inscribirse y mantenerse como demandante de empleo. Eso implica renovar la demanda, lo que popularmente se conoce como «sellar el paro», cada tres meses en la fecha exacta que indica el SEPE. Olvidarse de sellar supone la suspensión automática de la prestación hasta que se renueve. Además, hay que acudir a las ofertas de empleo que proponga la oficina de empleo, asistir a los cursos de formación que te asignen, y no rechazar una «oferta adecuada» de trabajo, definida como aquella acorde a tu cualificación y con condiciones laborales razonables. Las sanciones por incumplimiento van desde la pérdida de un mes de prestación por una primera falta leve, hasta la extinción total del derecho si se reincide o se trabaja por cuenta ajena sin comunicarlo al SEPE.

Fuentes y normativa

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de paro en España?

La prestación por desempleo es el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días (6 meses), y el 50% a partir del día 181. Existen topes máximos y mínimos según el número de hijos a cargo.

¿Cuánto tiempo puedo cobrar el paro?

La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años. Cada 360 días cotizados dan derecho a 120 días de prestación. El mínimo es 360 días cotizados (4 meses de paro) y el máximo es 720 días (24 meses).

¿Qué requisitos necesito para cobrar el paro?

Necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años, estar en situación legal de desempleo (no baja voluntaria), estar inscrito como demandante de empleo, y no haber cumplido la edad de jubilación.

¿El paro paga IRPF?

Sí, la prestación por desempleo está sujeta a retención del IRPF. La retención suele ser baja (0-2%) porque el importe es menor que un salario, pero se incluye en la declaración de la renta.

Actualizado para el ejercicio fiscal 2026 · Última actualización: 2026-05-14